Recomendaciones para traslados de perros y/o gatos dentro de Argentina

El Senasa es el Organismo responsable de fiscalizar y certificar los intercambios internacionales de caninos y felinos domésticos.

En cuanto al traslado de estos animales en trayectos dentro de Argentina por cualquier vía de transporte -aérea, terrestre y/o acuática- el Senasa no posee una reglamentación específica, por lo que acercamos estas recomendaciones.

Constancias documentales para viajeros nacionales

-Certificado de Vacunación Antirrábica
En el documento Guía de prevención, vigilancia y control de la rabia en la Argentina, según resolución ministerial 1223/2018 elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación con participación de profesionales del Senasa, se establece que la vacunación antirrábica debe administrarse de modo obligatorio a perros y gatos con buen estado de salud a partir de los tres meses de edad y revacunarse anualmente.

Le  recomendamos que si transitas por cualquier medio de transporte por Argentina acompañado de su perro y/ o gato de tres meses o más de edad – sea argentino o viajero internacional – lleve el Certificado / Constancia de Vacunación Antirrábica, en vigencia.

El certificado o constancia podrá ser requerido por autoridades competentes en Puntos de control ubicados en el territorio nacional – incluidos barreras sanitarias, terminales fluviales, marítimas y/o aeropuertos – como también por compañías de transporte en los cuales deban ser transportados estos animales, en especial, de carácter aéreo.

Recuerde que:

  • Para ejemplares vacunados en la Argentina debe tratarse de una Constancia / Certificado confeccionado por el Profesional Veterinario Matriculado (privado) y que haya utilizado los certificados oficiales autorizados.
  • También son válidos los certificados de vacunación antirrábica emitidos por el estado municipal, provincial o nacional con vacunas adquiridas por el Ministerio de Salud de la Nación.
  • El ejemplar original no debe ser retenido por ninguna autoridad de control dentro del territorio argentino.
  • Debe contener todos los datos requeridos (del propietario, del animal, de la vacuna utilizada, etcétera) y legibles.
  • Siempre es de utilidad viajar con (un mínimo de) una fotocopia de este Certificado / Constancia.
  • La constancia de vacunación antirrabica podrá estar incluida en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (L.U.S.C.Y.F)

Certificado de Salud / Aptitud para el traslado por vía aérea como carga
Cuando su perro o gato sea despachado como carga para vuelos de cabotaje dentro de Argentina, necesita contar con:

  • Certificado de salud emitido por su médico veterinario, con matriculación vigente.
    Su veterinario, mediante el certificado de salud examinará a su mascota y certificar su salud y su aptitud para emprender el traslado aéreo. Es un formulario provisto a los veterinarios por el Colegio de Veterinarios donde se encuentre registrado o bien esta declaración conste en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (L.U.S.C.Y.F).
  • Certificado de Vacunación Antirrábica / Constancia de Vacunación Antirrabica en la Libreta Unica Sanitaria Canina y Felina (LUSCYF), si el perro o gato tiene tres meses o más de edad.SENASA Traslado de perros y gatos en el país.
  • Recuerde que en áreas protegidas, Parques Nacionales o Parques Municipales o Provinciales, en muchos casos, está prohibido el ingreso con mascotas. Asesórese previamente.
                       Consulte siempre a su veterinario