La Federación Veterinaria Argentina ha concretado la puesta en vigencia de la Libreta Canina y Felina, aprobada en sus Plenarios.

Se trata de un trabajo que ha llevado años de reuniones e intercambio de opiniones con los Colegios y Consejos Veterinarios, tanto de la FEVA como los de la anterior COFEVET, el Senasa, y el Ministerio de Salud de Nación.

A partir de ahora, los colegas que se dedican a animales de compañía tienen la posibilidad de contar con un documento avalado por los respectivos Colegios/Consejos y la Federación Veterinaria Argentina, con uso no obligatorio en una primera etapa. Desde la FEVA sostienen que “Se está gestionando ante Ministerio de Salud de Nación una Resolución que apoye el uso de este documento, como así también el Senasa”. A su vez, desde el Colegio Veterinario de la provincia de Río Negro se avanza en resoluciones para su reglamentación y para que los organismos oficiales con jurisdicción dentro del territorio provincial se familiaricen con su uso y aceptación, esperando que con el tiempo, este tipo de documento reemplace a los certificados que hoy se encuentran vigentes.

El uso de la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (L.U.S.C.Y.F) es una ventajosa herramienta para las animales, para sus propietarios, los veterinarios y el Estado que permite tener un mayor control de las mascotas tanto en sus desplazamientos como prevención  de zoonosis. La creación de este Documento Único Animal, de aplicación en todo el territorio de la República, afianzará el establecimiento de una fuerte relación entre el animal de compañía y su Tenedor Responsable, favoreciendo el cumplimiento de los objetivos sanitarios en beneficio de la sociedad.

Usar este documento en todas las mascotas por los veterinarios nos permite conocer el estado sanitario de los animales, ya que podemos volcar en ella su identidad historial clínica, quirúrgica, reproductiva, historial de agresiones, vacunas y de toda otra práctica medica proporcionada. 

Este documento será de uso profesional exclusivo, su manejo estará a cargo de un profesional matriculado en el Colegio/Consejo Veterinario al que pertenezca, ya que es el único profesional capacitado y habilitado para ello, es el único habilitado para dejar constancia de los actos médicos jerarquizando la profesión. Elimina la posibilidad de que los programas sanitarios sean llevados adelante por otras personas y/o profesionales no habilitados. Esto será un documento garante de la sanidad del individuo lo cual contribuirá al control de distintas zoonosis. Cuidadores, entrenadores, criadores no deben completar ni manejar este documento.

Es de importancia para los Estados Municipales, Provinciales y Nacional como documento con medidas de seguridad que acredita su autenticidad. El contenido del mismo nos puede permitir contar con un  historial sanitario, crear una bases de datos, avanzar en la identificación fehaciente con microchips, que pueden facilitar el desarrollo de censos y estudios poblacionales,  epidemiológicos, campañas masivas de vacunación o de control poblacional. Será el único elemento que acredita validez de inmunización sanitaria; solo el veterinario matriculado tendrá acceso a la Libreta y es el único que puede colocar su rúbrica y sello.

Al escanear el código QR de su L.U.S.C.Y.F usted podrá acceder a los contenidos que la FEVA vuelca en sus redes.

Solicítela a su Veterinario.